La Seguridad Social amplía el pago del 100% de la baja a donantes de órganos y tejidos
La cobertura de las bajas laborales en España contempla con carácter general una prestación de hasta el 75% de la base reguladora, pero la normativa reciente extiende el abono íntegro del sueldo en supuestos específicos. Entre ellos figura ya la incapacidad temporal de los trabajadores que se sometan a una intervención vinculada a la donación de órganos y tejidos.
Destacados
- La Seguridad Social extiende el pago del 100% de la baja a donantes de órganos y tejidos durante toda la preparación, intervención y recuperación médica.
- Los trabajadores donantes cotizan normalmente durante la baja, equiparando esta situación al resto de incapacidades temporales en cuanto a derechos.
- No se exige un periodo mínimo de cotización para que los donantes accedan a la prestación del 100% del sueldo durante la baja.
Alcance laboral y efectos para los trabajadores
La cobertura incluye tanto los días de preparación médica de la cirugía como el periodo comprendido desde el ingreso hospitalario para esa preparación, o para la realización del trasplante, hasta el alta por curación. De este modo, la protección económica abarca todo el proceso asistencial vinculado a la donación.Como ocurre en el resto de las incapacidades temporales, el trabajador sigue acumulando cotizaciones mientras dura la baja. Además, en este supuesto no se exige un periodo mínimo de cotización para acceder al reconocimiento de la prestación con el 100% del sueldo para donantes de órganos y tejidos.
El complemento a mínimos de las pensiones contributivas en 2026 permite que jubilación, incapacidad permanente y viudedad alcancen las cuantías mínimas legales cuando la prestación reconocida queda por debajo. En nuestra publicación explicamos que su concesión depende de acreditar residencia en España y cumplir límites de ingresos anuales, de modo que el extra cubre la diferencia hasta el umbral establecido.
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