Seguridad Social amplía el acceso al IMV para adultos con ingresos por debajo de 723 euros aunque vivan con sus padres
El Ingreso Mínimo Vital mantiene vías de acceso poco conocidas para algunos hogares, entre ellos los adultos que residen con sus padres sin integrarse en su unidad de convivencia. La posibilidad afecta a personas de al menos 23 años y exige acreditar condiciones de residencia, independencia previa y vulnerabilidad económica.
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- Seguridad Social permite solicitar el Ingreso Mínimo Vital a adultos desde 23 años que vivan con padres y tengan ingresos por debajo de 723 euros mensuales.
- Para personas de 23 a 29 años se exige residencia legal, independencia domiciliaria previa por dos años y un año de alta en la Seguridad Social.
- El umbral para percibir el IMV es 10 euros inferior a la renta garantizada de 733,60 euros mensuales para adultos solos según establece la legislación vigente.
Condiciones de acceso y límites de ingresos
Según detalla la Seguridad Social en su página web, pueden percibir el Ingreso Mínimo Vital las personas de 23 años o más que, aunque compartan domicilio con una unidad de convivencia, no formen parte de ella. Ese supuesto abre la puerta a solicitantes que viven con sus padres, siempre que no integren un matrimonio, salvo si han iniciado trámites de divorcio o separación, no formen parte de una pareja de hecho y no pertenezcan a otra unidad de convivencia.Además, el acceso varía según la edad. Para las personas de entre 23 y 29 años, se exige residencia legal y efectiva en España y haber vivido de forma independiente durante los dos años anteriores a la solicitud, salvo en casos de violencia de género o inicio de trámites de divorcio o separación. La Seguridad Social considera acreditada esa independencia si el domicilio fue distinto al de los padres, tutores o acogedores durante esos dos años y si el solicitante estuvo dado de alta en la Seguridad Social al menos un año en ese periodo.
En el caso de las personas de 30 años o más, el requisito pasa por haber tenido un domicilio distinto al de sus progenitores o tutores al menos durante el año anterior. La excepción contemplada es el supuesto en que el fin de la convivencia con los progenitores se deba a su fallecimiento.
Impacto sobre beneficiarios potenciales y cuantía de la prestación
Junto a esas condiciones específicas, los beneficiarios deben cumplir los requisitos generales del IMV. Entre ellos figuran una residencia legal y efectiva en España de manera continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a la solicitud, con excepciones para menores, víctimas de trata de seres humanos, explotación sexual o violencia de género.También se exige situación de vulnerabilidad económica. Ese criterio se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior es inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada del IMV que corresponda por modalidad y número de miembros de la unidad de convivencia.
Para una persona sola que vive con sus padres y cumple el resto de condiciones, el umbral de ingresos no puede superar 723 euros mensuales, al situarse 10 euros por debajo de la renta garantizada de 733,60 euros para una unidad de un solo adulto. La Ley del Ingreso Mínimo Vital establece en su artículo 13 que la ayuda equivale a la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos computables de la persona beneficiaria o de los miembros de su unidad de convivencia en el ejercicio anterior.
En nuestra publicación anterior sobre el aumento de españoles que viven en el extranjero, analizamos cómo la subida del coste de la vivienda y unos salarios relativamente bajos están empujando a más personas a buscar mejores condiciones fuera de España. También destacamos la brecha salarial con otras economías europeas y cómo el peso del alquiler y los gastos esenciales reduce la capacidad de ahorro de los hogares.
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