SEPE fija 16 meses de paro con cuatro años cotizados y reduce la prestación al 60% tras seis meses

SEPE fija 16 meses de paro con cuatro años cotizados y reduce la prestación al 60% tras seis meses
Nuevo paro y reducción SEPE

La duración de la prestación contributiva por desempleo en España depende de las cotizaciones acumuladas en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. Con 1.440 días cotizados, equivalentes a cuatro años, el trabajador tiene derecho a 480 días de paro, mientras la cuantía baja del 70% al 60% de la base reguladora a partir del día 181.

Destacados

  • Con cuatro años cotizados, SEPE concede 16 meses de paro, según la escala fijada por la Ley General de la Seguridad Social.
  • La prestación del paro es el 70% de la base reguladora los primeros seis meses y reduce al 60% a partir del día 181.
  • Los días de cotización sobrantes usados en el reconocimiento de la prestación no se acumulan para futuros derechos según el SEPE.

Escala de cotización y periodo de cobro

Según recoge la Ley General de la Seguridad Social, la duración del paro se calcula en función de los periodos de ocupación cotizada dentro de los seis años anteriores al desempleo o al momento en que cesa la obligación de cotizar. Esa escala establece un aumento progresivo del tiempo de prestación conforme crecen los días cotizados por desempleo.

En ese marco, entre 1.440 y 1.619 días cotizados dan derecho a 480 días de prestación contributiva. Esto supone que una persona con cuatro años cotizados puede cobrar 16 meses de paro. La tabla legal parte de un mínimo de 360 días cotizados, que dan acceso a 120 días de prestación, y alcanza un máximo de 720 días de paro a partir de 2.160 días cotizados.

La cuantía de la ayuda también cambia durante el periodo de cobro. El SEPE indica en su página web que la prestación equivale al 70% de la base reguladora durante los primeros seis meses y pasa al 60% desde el día 181. Esa base reguladora se obtiene de la media de las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días cotizados, sin incluir horas extraordinarias.

Impacto para los trabajadores y uso de cotizaciones sobrantes

El esquema afecta de forma directa a los trabajadores que superan un tramo de cotización pero no alcanzan el siguiente escalón, ya que el exceso de días no genera un derecho adicional inmediato. En esos casos, las cotizaciones utilizadas para reconocer la prestación se consumen íntegramente dentro del cálculo del derecho concedido.

El SEPE señala que los días sobrantes no pueden guardarse para una futura prestación. La propia Ley General de la Seguridad Social establece que, para calcular el periodo de cobro, solo se tienen en cuenta las cotizaciones que no hayan sido computadas antes para el reconocimiento de otro derecho, ya sea contributivo o asistencial.

En nuestra publicación anterior sobre el cálculo de la pensión de jubilación en 2026, explicamos cómo la base reguladora depende en gran medida de las últimas bases de cotización y cómo los periodos sin aportar pueden reducir la prestación final. También detallamos el mecanismo de integración de lagunas con bases mínimas —con un tratamiento más favorable para las mujeres y una cobertura más limitada para los autónomos— para amortiguar el impacto de las interrupciones laborales.

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