Moncloa activa contratos de relevo en el sector público para destrabar la jubilación parcial
El Gobierno da luz verde a un real decreto-ley que permite a las Administraciones contratar personal temporal para cubrir las reducciones de jornada ligadas a la jubilación parcial del personal laboral público. La medida busca reactivar miles de retiros parciales, sobre todo anticipados, que permanecen bloqueados desde abril de 2025 por los nuevos requisitos de sustitución.
Destacados
- El Consejo de Ministros aprueba una norma que permite contratar relevistas temporales en el sector público para cubrir jubilaciones parciales, desbloqueando la situación a partir de abril de 2025.
- La oferta de empleo público para 2026 incorpora 854 plazas para personal relevista fijo, facilitando la contratación y continuidad de servicios en la Administración.
- La nueva regulación mantiene requisitos como 33 años de cotización y permite la reducción de jornada entre el 25% y el 75% para quienes opten por la jubilación parcial anticipada.
Nuevo marco para los contratos de relevo
Según publica elEconomista.es, el Consejo de Ministros aprueba una norma que habilita la contratación de trabajadores temporales, conocidos como relevistas, para sustituir al personal laboral del sector público que opta por la jubilación parcial. Tras este paso, el real decreto-ley continúa su tramitación en el Congreso de los Diputados.El cambio corrige el bloqueo generado desde abril de 2025, cuando entran en vigor nuevas exigencias para esta modalidad de retiro. Entre ellas figura la obligación de que el relevista sea indefinido y a jornada completa, una condición que frena la cobertura de estos puestos en las Administraciones.
La norma establece que las contrataciones deberán canalizarse a través de las ofertas de empleo público que incluyan estas plazas. Para 2026, la oferta de empleo público ya incorpora 854 puestos destinados a la contratación de personal relevista fijo.
Impacto laboral y condiciones de acceso
La jubilación parcial anticipada permite a trabajadores a tiempo completo que aún no alcanzan la edad ordinaria de retiro reducir su jornada y compatibilizar salario y pensión. Para que se aplique, la Administración debe formalizar de manera simultánea un contrato de relevo que cubra la parte de jornada dejada vacante.El trabajador que accede a esta fórmula debe jubilarse hasta tres años antes de la edad ordinaria, acreditar 33 años de cotización y contar con una antigüedad de seis años en la empresa inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial. Además, la reducción de jornada debe situarse entre el 25% y el 75%, aunque si el anticipo es de dos años, la reducción en el primer año queda entre el 20% y el 33%.
Con este esquema, el empleado mantiene una parte de su actividad laboral y cobra el salario correspondiente al tiempo trabajado, mientras percibe de forma proporcional la pensión por la parte de jornada reducida. La medida tiene impacto directo en la gestión de plantillas públicas y en la planificación de sustituciones dentro del sector.
En nuestra publicación previa sobre la cláusula de jubilación parcial en el convenio de seguridad privada, explicamos cómo el acuerdo vinculaba la aceptación de estas solicitudes a la reducción del absentismo por incapacidad temporal. El texto fijaba umbrales (8% y 4%) que determinaban si las empresas aceptarían solo una parte de las peticiones o la totalidad, un enfoque que generó críticas sindicales por el posible efecto sobre trabajadores enfermos y por apoyarse en un indicador no oficial.
Últimas noticias sobre Finland
- Forex
- Crypto