España permite compatibilizar el paro con empleo temporal o parcial con una prestación reducida
La normativa del desempleo en España permite que algunos beneficiarios sigan cobrando el paro cuando acceden a un trabajo temporal o a tiempo parcial. La compatibilidad busca favorecer la reincorporación laboral, aunque reduce la cuantía percibida en función de la jornada y mantiene el consumo íntegro de los días reconocidos.
Destacados
- España permite mantener la prestación contributiva por desempleo con contratos temporales o parciales, reduciendo el importe en función del porcentaje de jornada trabajado.
- Los días consumidos de paro cuentan como completos, incentivando en algunos casos la suspensión voluntaria de la prestación para beneficiarse de una base reguladora más alta tras un nuevo empleo temporal.
- El SEPE ofrece el Complemento de Apoyo al Empleo, hasta 480 euros mensuales durante máximo 180 días, para quienes aceptan trabajos temporales a jornada completa, con controles estrictos sobre el fraude.
Condiciones de compatibilidad y cálculo de la ayuda
Según el Ministerio de Trabajo, los trabajadores que ya cobran la prestación contributiva por desempleo pueden mantenerla si firman un contrato temporal o a tiempo parcial, mientras que la ayuda se suspende cuando el nuevo empleo es indefinido o a jornada completa.
La cuantía del paro se ajusta al porcentaje de jornada contratado. Si el empleado trabaja al 50% de la jornada, cobra el 50% de la prestación, y si trabaja al 75%, percibe el 25%. Pese a esa reducción del importe, los días consumidos de paro computan como completos, como si se estuviera cobrando el 100% de la ayuda.
Ese mecanismo lleva a que algunos beneficiarios opten por suspender la prestación durante el contrato y reanudarla cuando termina la relación laboral. También pueden solicitar una nueva prestación al finalizar un empleo temporal, una alternativa que resulta más ventajosa si el nuevo salario ha sido superior al anterior, porque eleva la base reguladora usada para calcular la ayuda.
Impacto para desempleados y control del SEPE
El SEPE también contempla el Complemento de Apoyo al Empleo, un ingreso adicional que permite cobrar parte del paro incluso con un trabajo temporal a jornada completa. Esta ayuda se orienta a incentivar la aceptación de empleos de corta duración y puede percibirse durante un máximo de 180 días, con importes mensuales de entre 480 y 90 euros, según el porcentaje de jornada.
El organismo mantiene, no obstante, que el paro es incompatible con un trabajo a jornada completa o con un contrato indefinido, salvo en los supuestos específicos previstos para ese complemento. No comunicar el inicio de una relación laboral de ese tipo constituye una infracción grave y puede acarrear la extinción de la prestación.
La compatibilidad del subsidio por desempleo con una pensión de incapacidad permanente depende de que esa pensión permita trabajar y de no superar el requisito de carencia de rentas fijado por el SEPE. En nuestro artículo anterior explicamos que, para mantener ambas ayudas, los ingresos mensuales no pueden rebasar el 75% del SMI (915 euros en el criterio citado), lo que limita los casos en los que se puede cobrar el subsidio sin perder la prestación.
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