España mantiene el acceso a la pensión de viudedad con 500 días cotizados en cinco años

España mantiene el acceso a la pensión de viudedad con 500 días cotizados en cinco años
Pensión de viudedad: requisitos

La pensión de viudedad sigue siendo una de las principales prestaciones contributivas del sistema español y exige requisitos concretos tanto para el beneficiario como para la persona fallecida. Cuando la muerte deriva de enfermedad común, el acceso a la prestación depende de que el causante hubiera cotizado 500 días dentro de los cinco años inmediatamente anteriores, si estaba en alta o en situación asimilada.

Destacados

  • España mantiene el requisito de 500 días cotizados en cinco años para acceder a la pensión de viudedad si el fallecido estaba en alta o situación asimilada.
  • La pensión de viudedad equivale generalmente al 52% de la base reguladora, pudiendo incrementarse al 60% o 70% según edad, ingresos y cargas familiares.
  • Con más de dos millones de beneficiarios y condiciones de acceso modificadas, la pensión de viudedad representa el segundo mayor gasto del sistema contributivo en España.

Requisitos de cotización y acceso

Según recoge elEconomista.es a partir del artículo 219 de la Ley General de la Seguridad Social, la pensión de viudedad se reconoce si la persona fallecida estaba en alta o en situación asimilada al alta y había completado un período de cotización de 500 días en los cinco años anteriores al hecho causante.

Si el fallecido se encontraba en una situación en la que no existía obligación de cotizar, ese período de 500 días debe haberse producido en los últimos cinco años en los que sí existía esa obligación. En cambio, cuando el trabajador muere sin estar dado de alta en la Seguridad Social, se exige una cotización mínima de 15 años.

La prestación está dirigida a los supervivientes de un matrimonio o de una pareja de hecho para compensar la pérdida de ingresos tras el fallecimiento. Además, puede compatibilizarse con rentas del trabajo, prestaciones por desempleo u otras pensiones.

En los matrimonios, el cónyuge debe acreditar hijos en común o que el enlace se celebró al menos un año antes del fallecimiento. En las parejas de hecho, se exige un registro mínimo de dos años y, si no existen hijos en común, una convivencia acreditada de cinco años; para separados judicialmente o divorciados, las condiciones varían según la fecha de la ruptura y la posible percepción de pensión compensatoria.

Importe de la prestación e impacto social

Con carácter general, la cuantía de la pensión de viudedad equivale al 52% de la base reguladora de la persona fallecida. Ese porcentaje puede elevarse al 60% cuando el beneficiario tiene al menos 65 años, no tiene derecho a otra pensión pública, no percibe ingresos por trabajo y tampoco obtiene rentas o ganancias patrimoniales por encima de los límites fijados.

La prestación también puede alcanzar el 70% de la base reguladora si concurren cargas familiares, si la pensión constituye la principal o única fuente de ingresos del beneficiario y si los rendimientos anuales no superan los umbrales vinculados a los complementos por mínimos y a la pensión mínima de viudedad con cargas familiares.

El peso de esta ayuda dentro del sistema contributivo refuerza su relevancia presupuestaria y social en España, al situarse solo por detrás de la pensión de jubilación por número de pagos. Con más de dos millones de beneficiarios, las condiciones de acceso y los porcentajes aplicables siguen siendo un elemento clave para los hogares que dependen de esta cobertura.

En nuestra publicación anterior sobre el complemento de pensión por brecha de género, explicamos que los hombres con al menos dos hijos que se jubilaron entre enero de 2016 y febrero de 2021 aún pueden reclamar un aumento del 5% al 15% en su prestación. También señalamos que esta mejora puede aplicarse a pensiones contributivas como la de viudedad o incapacidad permanente, con importes mensuales adicionales y atrasos que, en algunos casos, pueden ser elevados.

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