La Seguridad Social elimina cotización mínima en incapacidad permanente por accidente o enfermedad profesional
El acceso a la incapacidad permanente en España cambia según el origen de la dolencia o del accidente que afecta al trabajador. Cuando la solicitud deriva de un accidente, sea laboral o no, o de una enfermedad profesional, la Seguridad Social no exige ningún periodo previo de cotización.
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- La Seguridad Social elimina la cotización mínima previa para conceder incapacidad permanente derivada de accidente laboral, no laboral o enfermedad profesional.
- Para incapacidad permanente parcial, se exigen 1.800 días cotizados en los 10 años anteriores, y para menores de 21 años, la mitad de días desde los 16 años.
- En incapacidad permanente total y absoluta por enfermedad común, los requisitos de cotización varían según edad y situación laboral, con mínimos de 3 a 15 años cotizados.
Requisitos de acceso según el origen de la incapacidad
Según recoge elEconomista.es, fuentes de la Seguridad Social detallan que la concesión de la incapacidad permanente depende de si la contingencia procede de enfermedad común, enfermedad profesional o accidente. En los casos vinculados a accidente, ya sea laboral o no laboral, y a enfermedad profesional, el organismo reconoce la prestación sin exigir un mínimo de cotización previo.En cambio, cuando la incapacidad deriva de otros supuestos, sí es necesario acreditar meses o años cotizados. La exigencia varía en función de la edad del solicitante y del grado de incapacidad que se le reconozca.
Para la incapacidad permanente parcial, que supone una disminución del rendimiento no inferior al 33% en la profesión habitual, la Seguridad Social exige 1.800 días cotizados en los 10 años inmediatamente anteriores a la extinción de la incapacidad temporal. En el caso de los menores de 21 años, deben acreditar la mitad de los días transcurridos entre los 16 años y el inicio del proceso de incapacidad temporal.
Exigencias de cotización por edad y grado reconocido
En la incapacidad permanente total, que inhabilita para ejercer la profesión habitual, el periodo previo exigido cambia según la edad. Si el solicitante es menor de 31 años, debe haber cotizado un tercio del tiempo transcurrido entre los 16 años y el hecho causante; si tiene 31 años o más, se exige un cuarto del tiempo transcurrido entre los 20 años y ese hecho causante, con un mínimo de cinco años.Además, para los mayores de 31 años que solicitan una incapacidad permanente total, también se requiere un periodo específico de cotización. Este debe equivaler a un quinto del periodo exigible dentro de los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante o, en su defecto, dentro de los 10 años anteriores al fin de la obligación de cotizar.
Para la incapacidad permanente absoluta, que inhabilita para toda profesión, la regla cambia de nuevo. Si la solicitud deriva de enfermedad común o de accidente no laboral en situación de no alta, se exige un periodo genérico de 15 años cotizados y un periodo específico de tres años dentro de la última década; si deriva de enfermedad común en situación de alta o asimilada, se aplican los mismos requisitos previstos para la incapacidad permanente total.
La Seguridad Social mantiene, no obstante, una excepción general para todos los grados de incapacidad permanente cuando el origen está en una enfermedad profesional o en un accidente, sea este laboral o no. En esos casos, el acceso a la prestación no queda condicionado a un historial mínimo de cotización, lo que reduce la barrera de entrada para trabajadores afectados por contingencias profesionales o fortuitas.
En nuestra publicación anterior sobre la brecha entre la base máxima de cotización y la pensión máxima en España explicamos cómo los topes del sistema limitan la prestación final incluso tras décadas cotizando por importes elevados. También señalamos el contraste con los complementos a mínimos, que pueden elevar la pensión de algunos trabajadores con bases bajas o jornadas parciales, mostrando cómo se combinan contributividad y mecanismos de protección.
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