SEPE aclara la compatibilidad entre subsidio por desempleo y pensión de viudedad en España

SEPE aclara la compatibilidad entre subsidio por desempleo y pensión de viudedad en España
¿Compatibles las dos ayudas?

La concesión de una pensión de viudedad a una persona que ya cobra un subsidio por desempleo puede alterar el acceso simultáneo a ambas prestaciones por el límite de rentas exigido. Para 2026, ese umbral se sitúa en 915,75 euros mensuales, por lo que el complemento a mínimos resulta determinante en los casos en que eleva la cuantía de la pensión por encima de ese tope.

Destacados

  • El SEPE permite compatibilizar el subsidio por desempleo y la pensión de viudedad si esta no supera el 75% del SMI, es decir, 915,75 euros en 2026.
  • La pensión de viudedad que recibe complemento a mínimos solo es compatible con el subsidio si el beneficiario renuncia temporalmente al complemento mientras cobra la ayuda.
  • No informar al SEPE sobre la obtención de una pensión de viudedad que eleva las rentas por encima del umbral supone infracción grave y pérdida del subsidio.

Condiciones de compatibilidad y límite de ingresos

Según explica elEconomista.es, el Servicio Público de Empleo Estatal, SEPE, mantiene el cobro del subsidio por desempleo cuando la pensión de viudedad reconocida al beneficiario no supera el 75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente, con pagas extraordinarias prorrateadas.

Con el SMI fijado en 1.221 euros brutos mensuales para 2026, la cuantía máxima de pensión de viudedad compatible con el subsidio queda en 915,75 euros. La pensión de viudedad equivale con carácter general al 52% de la base reguladora del fallecido, aunque puede subir al 60% o al 70% si concurren cargas familiares y no se rebasa el límite de ingresos establecido.

Impacto del complemento a mínimos y obligación de comunicarlo

La Seguridad Social fija pensiones mínimas de entre 709,40 y 1.256,60 euros, en función de la situación familiar y de la edad del beneficiario. Cuando la pensión de viudedad no alcanza esa cifra, puede incorporar un complemento a mínimos para elevarla hasta el importe garantizado.

Si la pensión supera el 75% del SMI únicamente por ese complemento, el SEPE permite compatibilizar la viudedad con el subsidio siempre que el beneficiario renuncie al complemento mientras percibe la ayuda por desempleo. De ese modo, la cuantía computable vuelve a quedar por debajo del límite de rentas individuales.

Si el interesado sigue cobrando el subsidio sin comunicar que ya percibe una pensión de viudedad y sus rentas rebasan el umbral exigido, el SEPE considera esa situación una infracción grave que puede acarrear la pérdida del subsidio. Por ello, la comunicación al organismo es obligatoria cuando la viudedad se concede durante el periodo de percepción de la ayuda.

En nuestra publicación anterior sobre el nuevo cálculo de la pensión de jubilación en 2026, detallamos que la Seguridad Social aplicará un doble método para determinar la base reguladora y escogerá de oficio el resultado más favorable para cada trabajador. También explicamos el calendario transitorio hasta 2044, que ampliará progresivamente el periodo de cotización considerado hasta 27 años, excluyendo las 24 peores mensualidades, sin cambios en los años exigidos para alcanzar el 100% de la base reguladora.

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